El copyright de los espíritus
Cuando un texto por ejemplo es recibido por un médium ¿de quién son los derechos de autor? ¿del médium?¿de alguno de los asistentes a las sesiones?¿de los espíritus? Veamos la respuesta de las leyes de Inglaterra, por lógica los demás países tramitarán sentencias similares.
En virtud de la decisión del Sr. Juez Eve, (Londres, Julio
1926, el Caso Bond-Srta. Cummins), la médium quien es la amanuensa de la
transmisión o de la producción de cualquier comunicación por escrito aun
estando en la presencia de uno o más testigos es la única autora del guión
producido, y por lo tanto es la propietaria de todos los valores inherentes de
los derechos de autor ; aún si dicha escritura se dirige a algún testigo
como destinatario o no, o si contiene material personal del testigo. Como
consecuencia lógica de la sentencia anterior, el elemento de transmisión
telepático entre el testigo y la médium creando así la producción escrita, o de
cualquier influencia de carácter como si es de una persona viva o muerta, es
definitivamente excluido del ámbito de la ley.
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COPYRIGHT.
Under the decision of Mr. Justice Eve, (London, July 1926, Bligh Bond-Miss
Cummins), the medium who is the amanuensis for the transmission or production
of any written communication made in the presence of a sitter or sitters is
adjudged to be the sole author of the script produced, and therefore the sole
owner of all copyright values inherent in same (subject to the absence of any
special agreement to the contrary); whether such script be addressed to a
sitter as recipient or otherwise, or whether it contain matter personal to the
sitter. As a logical result of the above ruling, the element of telepathic transmission
from sitter to medium resulting in the production of writing, or of any
associative influence of a like nature involving any other person, living or
dead, is definitely excluded from the purview of the law.
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Enciclopedia de Ciencias Psíquicas - Nandor Fodor
Podemos ver más detalladamente el siguiente texto más actualizado del 2008:
La demandante (médium,
Cummins) produjo la obra literaria llamada Crónica de Cleofás, escrita a alta velocidad mientras se producía
una sesión de espiritismo y que todas las partes del litigio creen que fue una
comunicación con algunas personas que "ya no están en este mundo, y que
han estado fuera de él durante un periodo de tiempo suficiente para justificar
la esperanza de que no tienen razones para regresar". El acusado (que
estuvo presente en las sesiones), transcribió, puntuó y organizó los escritos y
argumentó que también contribuyó a la labor de la transferencia de ideas de
manera silenciosa para que la demandante trabajara durante las sesiones. Se
sostuvo que el derecho de autor sólo pertenecía a la demandante y no era una
obra conjunta con el acusado. El acusado también argumentó que la obra no tenía
derechos de autor, ya que ni él ni la demandante eran sus autores.
Era una cuestión que debo dejar que solucionen otros más
competentes que yo. Yo sólo puedo considerar el asunto como un asunto terrenal,
de la tierra a tierra, y propongo tratar así esta posición.
Un artista produce imágenes de muertos por medio, según
ellos de la percepción extra-sensorial activada por el contacto con las
personas que viven y desean tener reclamaciones presentes. Aquí se aceptó que
el artista fue el autor de la obra resultante, aunque inspirada por influencias
de las cuales no sea fácil dar una solución.
The Glasgow Herald - 22 Jul 1926
En la parte de arriba se relata el suceso, Geraldine Cummins impugnaba los derechos de autor a Frederick Bligh Bond por una obra llamada La Crónica de Cleofás. La cosa es: Geraldine Cummins no estaba afirmando que ella había escrito la obra en lugar de Bond; ella decía que era la médium a través del cual la obra había sido canalizada. La Crónica de Cleofás, afirmó Cummins, se había recibido en régimen de incomunicación con el mundo espiritual a través de la interfaz de un tablero de Ouija, durante un período de alrededor de un año más o menos, y por lo general en respuesta a las preguntas para las que había sido contratada para responder por los clientes como una médium de pago. En cuanto a la parte demandada, Frederick Bligh Bond fue empleado por Cummins como asistente y había actuado como amanuense de los diversos mensajes ouija siendo recibidos por la médium
Mr. Justice Eve
Geraldine Cummins
Frederick Bligh Bond
El libro de la discordia